La Caja de Compensación Familiar de Nariño se permite informar que a partir de la presente fecha se apertura nuevas postulaciones de acuerdo con los requisitos establecidos en el Decreto Legislativo 770 de junio 3 del 2020.
Este acceso estará abierto de 9:00 a.m. a 4:00 p.m.
¿Quiénes pueden acceder al Mecanismo de Protección al Cesante dentro del estado de emergencia económica, social y ecológica?
- Los trabajadores de categoría A y B, es decir aquellos que devengaban menos de cuatro salarios mínimos legales mensuales que equivale a tres millones seiscientos treinta y cuatro mil ciento cuatro pesos M/Cte ($3.634.104.oo) y que hayan perdido su empleo y hayan estado afiliados a caja de compensación familiar
- Los independientes cesantes que no se encuentra recibiendo ingresos y hayan pagado aportes a caja de compensación familiar durante 12 meses en los últimos 5 años.
¿A qué beneficios tienen derecho las personas que han quedado cesantes y que se postulen durante el periodo en que permanezca el estado de emergencia económica, social y ecológica?
- Aportes al sistema general de seguridad social en salud y pensiones.
- Al pago de la cuota monetaria del subsidio familiar.
- A una transferencia económica equivalente a dos (2) salarios mínimos legales mensuales vigentes, que se dividirán para su pago, en tres (3) mensualidades iguales.
Requisitos para acceder al Mecanismo de Protección al Cesante dentro del estado de emergencia económica, social y ecológica
- Que en el momento de perder el empleo, la persona no ganara más de cuatro salarios mínimos legales mensuales vigentes, es decir, el equivalente a tres millones seiscientos treinta y cuatro mil ciento cuatro pesos M/Cte ($3.634.104.oo)
- Que al postularse no perciba efectivamente pensión de vejez, invalidez o sobrevivientes.
- Que no haya recibido los beneficios del mecanismo de protección al cesante en los últimos tres años.
- Haber estado afiliado a una caja de compensación familiar durante un año. Este año puede ser continuo o discontinuo, en los últimos cinco años.
- Presentar la certificación de terminación del contrato. Si no tiene esta certificación podrán presentar por escrito declaración juramentada, donde indiquen que no se encuentran trabajando.
- Para las personas independientes, declaración en la que conste que no se encuentra recibiendo ingresos.
- Adjuntar documento de identidad.
- Adjuntar certificación retiro de EPS
- Adjuntar certificación del Fondo de Pensiones
- Adjuntar documentos de las personas a cargo que hayan recibido cuota monetaria.
- Diligenciar de manera electrónica el formulario único de postulación al mecanismo de protección al cesante, que está dispuesto en los portales corporativos o páginas web de cada una de las cajas de compensación familiar.