La Caja de Compensación Familiar de Nariño, es una persona jurídica de derecho privado, organizada como Corporación Privada en la forma prevista en el Código Civil, cumple funciones de Seguridad y Protección Social y las demás que le asigne la ley y se encuentra sometida al control y vigilancia del Estado en la forma prevista por la Ley.

DERECHOS Y DEBERES DE LOS AFILIADOS A LA CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR DE NARIÑO

 

 

  1. DEBERES Y DERECHOS DE LOS AFILIADOS A LA CAJA DE COMPENSACION FAMILIAR DE NARIÑO

 

La carta de los derechos y deberes de los afiliados, beneficiarios, usuarios y los clientes en general tienen su sustento legal en al artículo 48 de la carta política de la Superintendencia de Subsidio Familiar y de conformidad con las disposiciones establecidas en el Decreto único reglamentario del sector trabajo 1072 de 2015.

 

  1. DERECHOS

Los derechos humanos son normas que reconocen y protegen la dignidad de todos los seres humanos

  1. Recibir un trato con amabilidad, honestidad y respeto de su dignidad humana e igualdad sin discriminación por razones sociales, raciales, económicas e ideológicas, así como a la protección de la honra, reputación y vida privada y familiar.
  2. Recibir un servicio con estándares de calidad y seguridad en los tiempos y condiciones establecidos, dentro de una infraestructura adecuada.
  3. Acceder libremente a una oferta de productos y servicios de acuerdo con la tarifa correspondiente a su categoría.
  4. Recibir información clara, oportuna, veraz, actualizada y completa sobre los beneficios, productos y servicios que se ofrecen al afiliado, usuario y su familia, a través de los diferentes medios habilitados por la Caja de Compensación Familiar de Nariño.
  5. Recibir información sobre las normas, reglamentos y políticas de la Caja de Compensación Familiar de Nariño y del Sistema de Subsidio Familiar.
  6. Conocer el procedimiento para afiliarse con su grupo familiar, cumpliendo con los requisitos y condiciones establecidas en la Ley y recibir la tarjeta preferencial que lo acredite como afiliado(a).
  7. Acceder al subsidio cuota monetaria y todos los servicios que otorga la Caja de Compensación de Familiar de Nariño a sus beneficiarios de acuerdo con los parámetros de Ley vigentes siempre y cuando haya aportado las pruebas que lo acrediten como tal. Así como al subsidio especial de doble cuota monetaria para beneficiarios con discapacidad.
  8. Recibir un subsidio extraordinario por muerte en caso de fallecimiento de una persona a cargo del trabajador beneficiario, equivalente a 12 cuotas de subsidio familiar, también tienen derecho las personas a cargo en caso de fallecimiento del trabajador beneficiario.
  9. Postularse al subsidio de vivienda siempre que cumpla con los requisitos de ley.
  10. Postularse al subsidio al desempleo en caso de quedar desempleado y cumpla con los requisitos de ley.
  11. Presentar peticiones, consultas, solicitudes, quejas o reclamos, de manera verbal, o por escrito, en los diferentes canales de atención dispuestos por la Caja de Compensación Familiar de Nariño de manera gratuita y sin apoderado
  12. Presentar peticiones, consultas, solicitudes, quejas o reclamos para el reconocimiento de derechos fundamentales las cuales deben ser tramitadas de manera prioritaria.
  13. Obtener protección de la información personal y empresarial suministrada a la Caja de Compensación Familiar de Nariño para que se maneje con responsabilidad, confidencialidad y de acuerdo con la ley.
  14. Recibir atención especial y preferencial si se trata de personas con discapacidad, niños, niñas, adolescentes, mujeres embarazadas, adultos mayores, de municipios lejanos y en general de personas en estado de indefensión o de debilidad manifiesta, de conformidad con el artículo 13 de la Constitución Política.
  15. Exigir el cumplimiento de las responsabilidades de los funcionarios y de los particulares que cumplan funciones públicas.
  16. Ejercer cualquier otro Derecho que le reconozcan la Constitución Política y las Leyes.
  17. Los pensionados que durante 25 años estuvieron vinculados al Sistema del Subsidio Familiar, continuaran disfrutando de los servicios de: Capacitación, Recreación y Turismo Social de la Caja de Compensación Familiar de Nariño, con la tarifa más baja que esta tenga contemplada. Los pensionados cuya mesada sea hasta 5 SMLMV mediante previa solicitud ante la Caja de Compensación Familiar de Nariño tendrán derecho a los servicios que gozan los trabajadores activos en materia de recreación, deporte y cultura y los pensionados cuya mesada pensional sea superior a 1.5 SMLMV cotizaran en los términos de la ley.
  18. Para empresarios. Participar activamente en la elección del Consejo Directivo y Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias.
  19. Ser informado sobre la gestión realizada respecto de su solicitud.

 

  1. DEBERES

Los (as) colaboradores de la Caja de Compensación Familiar de Nariño, trabajan unidos y orientados a fortalecer la relación entre los ciudadanos y la administración; se ocupan de recibir y gestionar cada una sus consultas, solicitudes, peticiones, quejas o reclamos, siempre comprometidas a solucionar cada requerimiento dentro de los tiempos establecidos por la ley.

  1. Obrar conforme al principio de buena fe, abstenerse de utilizar maniobras dilatorias en las actuaciones y de efectuar o aportar, a sabiendas, declaraciones o documentos falsos, o hacer afirmaciones temerarias entre otras conductas.
  2. Brindar un trato respetuoso a los funcionarios o colaboradores de la Caja de Compensación Familiar de Nariño.
  3. Acatar la Constitución y Las Leyes.
  4. Ejercer con responsabilidad sus derechos y abstenerse de reiterar solicitudes evidentemente improcedentes para evitar que las nuevas afecten los tiempos de los trámites y la actividad de respuesta de estos.
  5. Solicitar en forma oportuna y respetuosa documentos y/o
  6. Observar un trato respetuoso a los funcionarios o colaboradores de la Caja de Compensación Familiar de Nariño.
  1. Afiliar oportunamente su núcleo familiar (cónyuge e hijos, padres y/o hermanos que acrediten derechos), presentando formulario de afiliación debidamente diligenciado, sin enmendaduras, con información veraz, clara y completa, anexando documentos, vigentes, legibles y exigidos por la ley.
  1. Actualizar los documentos de estudios requeridos por ley en las fechas establecidas por la Caja de Compensación Familiar de Nariño, con el fin de causar el derecho a la cuota monetaria.
  1. Reclamar la tarjeta preferencial que lo acredite como afiliado(a) de la Caja de Compensación Familiar de Nariño conservándola en buen estado y presentándola cada vez que utilice los servicios, la cual es personal e intransferible; en caso de pérdida o extravío informar a Comfamiliar de Nariño.
  1. Actualizar los datos cada vez que haya lugar en forma completa, veraz, clara y oportuna e informar las novedades tanto del titular de la afiliación como de su núcleo familiar, que afecte su calidad de
  1. Conocer el portafolio de servicios que ofrece la Caja de Compensación Familiar de Nariño por medio de los diferentes canales de comunicación que se tienen dispuestos para tal fin.
  1. Mantenerse informado sobre los procedimientos, condiciones de acceso y restricciones asociadas al uso de los servicios de la Caja de Compensación Familiar de Nariño.
  1. Conocer y cumplir las normas, procedimientos y reglamentos establecidos por la Caja de Compensación Familiar de Nariño para la prestación de los servicios y el acceso a los mismos.
  1. Hacer buen uso de las instalaciones, bienes y servicios de la Caja de Compensación Familiar de Nariño siguiendo las indicaciones, políticas, normas, reglamentos y condiciones de uso. Cuidar las instalaciones, prevenir o informar sobre daños, molestias, averías o algún tipo de perjuicio.
  1. Pagar oportuna y totalmente los productos y servicios adquiridos, según las condiciones establecidas en cada uno de ellos.
  1. Para empresarios. Pagar oportunamente los aportes parafiscales de sus trabajadores conforme a lo que establece la ley.
  1. Tratar con dignidad, respeto y consideración al personal que lo atiende, al igual que a otros usuarios y sus familias, cumpliendo las normas de convivencia y reglamentos de uso de los servicios establecidos por la Caja de Compensación Familiar de Nariño.
  1. Entregar oportunamente la información correspondiente para facilitar la identificación de su trámite, solicitud o necesidad.

 

PASTO: Calle 18 N°. 25-15 Centro

Módulo de Atención al Cliente MAC– Centro

Conmutador 7230206 – 316 524 4501 ext 1259

 

Diagonal 17 N°. 1 A 34

Módulo de Atención al Cliente MAC – Miraflores

Conmutador 7230206 – 316 524 4501 ext 1390

 

IPIALES: Calle 13 N°. 5-09 Parque la Pola

Conmutador 7732307 – 316 524 4501 ext 1710

 

TUMACO: Calle sucre N°. 9-30

Conmutador 7272360 – 316 524 4501 ext 1616

 

Línea nacional gratuita 018000913727- (602) 733 2052

Buzones de sugerencia: Dispuestos en las unidades de negocio y servicio de la Caja de Compensación Familiar de Nariño

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