De conformidad al inciso final del artículo 1° de la ley 850 de 2003, la Caja de Compensación Familiar de Nariño informa a los ciudadanos y a las organizaciones civiles que en virtud de la ley 21 de 1982, administra y ejecuta de manera continua recursos públicos correspondientes a aportes parafiscales en:

• Obras y programas de beneficio social.

• Servicios sociales en recreación.

• Prestación de Servicios de salud.

• Servicios de educación.

• Servicios sociales en trabajo y desarrollo.

• Biblioteca.

• Colegios.

• Vivienda.

• Agencia de empleo.

• Atención a la niñez.

• Jornadas escolares complementarias.

• Atención a personal discapacitado y adulto mayor.

• Jardines Sociales.

• Créditos sociales.

• Atención al trabajador cesante (FOSFEC).

La Caja de Compensación Familiar de Nariño, en atención a los postulados del artículo 270 de la Constitución Política de Colombia y de acuerdo a la ley 850 de 2003, facilitará a la ciudadanía y a las organizaciones civiles, en todo momento el acceso a la información correspondiente a la ejecución de los diferentes programas de la parafiscalidad a fin de que se fortalezcan los procesos de participación ciudadana, en la gestión de los asuntos que los atañen y en el seguimiento y control de la ejecución de los recursos que por disposición legal le corresponden a la Caja de Compensación Familiar de Nariño.